Publicidad engañosa: ¿qué puedo hacer en Chile?
La publicidad engañosa es ilegal en Chile. Si te indujeron a error con un anuncio falso sobre precio, características o condiciones, puedes reclamar en el SERNAC. Cómo hacerlo.
La publicidad engañosa es ilegal en Chile. Si te indujeron a error con un anuncio falso sobre precio, características o condiciones, puedes reclamar en el SERNAC. Cómo hacerlo.
La publicidad engañosa o falsa es una infracción a la Ley del Consumidor: comete falta quien, a sabiendas, induce a error con un mensaje publicitario sobre el precio, las características, la utilidad o las condiciones de un producto o servicio (artículo 28 de la Ley 19.496). Puedes reclamar en el SERNAC y, además, lo que se promete en la publicidad obliga al proveedor.
Sí. Es una infracción a la Ley del Consumidor inducir a error, a sabiendas, con un mensaje publicitario sobre el precio, características, utilidad o condiciones de un producto o servicio (artículo 28 de la Ley 19.496).
Lo que se promete en la publicidad obliga al proveedor y forma parte del contrato. Guarda la prueba del anuncio y exige que lo cumplan; si se niegan, reclama en el SERNAC.
Toda promoción u oferta debe informar sus bases y el plazo de duración (artículo 35). Si no lo hace, es reclamable ante el SERNAC.
Primero al proveedor; si no resuelve, en el SERNAC (gratis), que media con la empresa. Para indemnización puedes ir al Juzgado de Policía Local, y el SERNAC puede impulsar demandas colectivas si hay muchos afectados.
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Preguntar a AbogaBotEsta guía es orientación general basada en la legislación chilena vigente (fuente: Biblioteca del Congreso Nacional) y no reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso particular.